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LAS GRATIFICACIONES: TRES ESCENARIOS PARA SU CÁLCULO, CON OCASIÓN DEL ACTUAL CONTEXTO DE PANDEMIA

Alondra D. Paredes Rúa Estudiante de quinto año de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Actual coordinadora académica del Círculo de Estudios Laborales y de la Seguridad Social – CELSS. Asistente de cátedra del curso de Derecho Colectivo en la misma casa de estudios. Sumilla: I. Introducción. II. Precisiones sobre la Ley N° 27735. III. Tres escenarios relevantes para el cálculo de las gratificaciones. IV. Infracciones en caso de incumplimiento. V. Conclusiones. VI. Referencias Bibliográficas. I.    Introducción Desde comienzos de la actual emergencia sanitaria, cuyo efecto puso al mundo en un escenario incierto, se generó una serie de controversias en relación con los aspectos laborales. Desde la inicial licencia con goce de haber, hasta la drástica opción del empleador, económicamente afectado, de establecer la suspensión perfecta de labores (lo que en efectos prácticos implica licencia sin goce de haber), así como la reducción ...
REFLEXIONES SOBRE EL DECRETO DE URGENCIA N° 038-2020 QUE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES DURANTE EL PERIODO DE EMERGENCIA POR LA COVID-19 Círculo de Estudios Laborales y de la Seguridad Social - CELSS El pasado 14 de abril de 2020 se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto de Urgencia N° 038-2020 - que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante la covid-19 y  otras medidas. Dicho decreto, vigente desde el miércoles 15 de abril de 2020, tiene por objeto establecer un conjunto de medidas extraordinarias cuya aprobación había despertado gran expectativa en los trabajadores y el gremio empresarial, siendo la suspensión perfecta de labores, una de las más controvertidas. A continuación, presentamos una síntesis de las medidas extraordinarias establecidas mediante el Decreto de Urgencia N° 038-2020: I.             ...

LA MIGRACIÓN VENEZOLANA AL PERÚ: ¿ESTÁN AL MARGEN DE LA SEGURIDAD SOCIAL?

Eduardo Marcos Rueda SITUACIÓN ACTUAL La reciente migración venezolana al Perú, genera interrogantes en torno a su protección social. A abril del 2018, en el Perú había más de  200 mil venezolanos, 36 mil de ellos con permiso temporal , un documento que les permite trabajar y tributar con todos los derechos laborales, según la  Superintendencia Nacional de Migraciones . Representan el 1.17% de la PEA.   Mayoritariamente entre 18 a 39 años de edad (con estudios técnicos o universitarios).   Muchos de los venezolanos llegados recientemente ocupan empleos informales, de sub empleo o formales, pero de bajas remuneraciones. LA SEGURIDAD SOCIAL PERUANA La Seguridad Social Peruana protege a todos los trabajadores –nacionales o extranjeros- que laboran en el país y se someten a sus normas laborales y de Seguridad Social. Por tanto, un trabajador venezolano tiene derecho a las prestaciones (Salud y Pensiones) como cualquier otro trabajador peruano...