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EL EMBUSTE EN LA SEGURIDAD SOCIAL

EDUARDO MARCOS RUEDA
(Profesor del Curso de Seguridad Social en la Universidad San Martin de Porres)

El embuste es calificado como la mentira disfrazada como artificio (http://dle.rae.es/?id=Ei4kbOy). En algunos casos se convierte en delito.
Hace poco el Seguro Social de Salud, EsSalud, en nuestro país, dio a conocer 5,521 casos de afiliaciones indebidas producidas en el año 2015: empresas que no funcionan; trabajadores del hogar; solteros, viudos o divorciados que declaran concubinos casados, etc. (http://www.seguridadsocialnoticias.com/essalud-detecto-5-mil-afiliaciones-indebidas/). Lo han obligado a adoptar algunas medidas.

Ejemplo. Inicialmente, EsSalud no solicitaba la constancia formal en la acreditación de la calidad de concubina, para los primeros casos. Es decir, una persona que quería registrar –por primera vez- a una concubina, podía hacerlo directamente y su declaración (Declaro bajo juramento… etc.) era materia de presunción de veracidad. Creer en la buena fe del asegurado.

Sin embargo, se fueron determinando casos irregulares en que eso no era cierto, no eran concubinos y sólo se prestaban para acreditar a una persona y usar los servicios indebidamente. EsSalud, entonces, se ha visto obligado (además de las denuncias penales) a solicitar a toda persona la Constancia notarial o judicial, previa, para inscribir a toda concubina.

-       Oiga, o sea que Usted no cree en mi palabra. ¿Acá no se aplica el principio de la buena fe ni la presunción de veracidad?

Ahora se exigen determinados requisitos formales. La, hoy famosa, tramitología.

En otra oportunidad, el entonces IPSS utilizó una Declaración Jurada del empleador para agilizar el procedimiento de acreditar los períodos de aportación para una pensión. En la verificación posterior, se descubrió que la Declaración Jurada y esos períodos, eran falsos. Se tuvo que eliminar la Declaración Jurada, volver al trámite “regular” e iniciar las acciones judiciales.

Hay personas dedicadas a dichos menesteres, sobre todo los “tramitadores”, personas que buscan alguna “debilidad” del sistema y están al tanto de realizar el embuste, convertido en delito. Delito que debe ser severamente sancionado.     

Todas estas irregularidades tienen, obviamente, sus consecuencias: a. afecta los costos del sistema de Seguridad Social y, en general, su equilibrio económico financiero; b. no permite ampliar la cobertura.; c. atenta contra los principios de Seguridad Social, también los de veracidad y buena fe; d. afecta la cultura en Seguridad Social. Esto no les interesa a quienes incurren en esas irregularidades.    

                                                                                              Lima, febrero de 2016

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