Sleiter Jesús Carranza Perez
Desde el primer año de formación
universitaria nos explican la importancia de la dicotomía
libertad-responsabilidad, es por ello que sabemos que es un principio
fundamental conocer que la libertad de una persona implica a su vez asumir
diversos efectos que estas generan, en pocas palabras, respondemos por nuestros
actos. Sin embargo, en el mundo empresarial en función a la organización del
trabajo y las relaciones jurídicas laborales, esta regla,
libertad-responsabilidad, no se cumple, o al parecer no se quiere ver; esto más
aún cuando observamos la legislación y analizamos cuál es la concepción que se
tiene de estas instituciones. Es por ello que el objeto de este pequeño ensayo
es desentrañar los oscuros pasajes de la controversial casación Nº 00489-2015 que ha emitido el
poder judicial, con respecto a la reducción de sueldos de manera unilateral por
parte de los empleadores.
Como se puede evidenciar, el caso concreto
describe una situación compleja dentro de una relación laboral, situación que
refleja una colisión entre dos principios: Libertad empresarial vs.
Irrenunciabilidad de derechos laborales. En ese sentido, la solución que se dio
en el ámbito interno de la empresa fue determinar la reducción del sueldo
debido a una crisis económica que afrontaba la empresa (lo cual era de
conocimiento del demandado), reducción que sería temporal y que obedece a una
causa justificada, la cual, a su vez, cabe resaltar que, el juez entiende por
aceptada la reducción de remuneraciones, debido a que el trabajador no ha
puesto en cuestión dicha disminución de remuneraciones, o sea, no demandó. De lo expuesto, a grandes rasgos,
podemos notar que existe una falta de comprensión en cuanto a los principios
del Derecho del trabajo se trata, en tanto que el juez presume que el
trabajador, en este caso un gerente contable, está de acuerdo con la reducción
de su salario debido a que este tomó conocimiento de dicha decisión
empresarial, la cual consiste en una desventaja para este. Esto implica desde
ya, una “esquizofrenia jurídica” en cuanto al principio in dubio pro operario,
parte del principio protector, espíritu de toda la denominada legislación
laboral.
Por otro lado, sobre la reducción de los salarios debido a las crisis
económicas de manera unilateral, al parecer existe otra llamada “esquizofrenia
jurídica” al olvidar la relación
intrínseca entre libertad y responsabilidad y aquí es donde quiero centrarme,
dado que desde nuestra formación escolar nos han enseñado (ya que es parte del
razonar del modelo capitalista) que el trabajador no es dueño de la empresa y
que por el contrario este solo aporta su fuerza de trabajo para lograr lo que
los dueños de la empresa buscan. En ese juego de palabras podemos identificar
que los propietarios de la empresa (los accionistas) son los que organizan la
producción dentro de ella, en otras palabras son los propietarios de la empresa
quienes determinan qué es lo que se debe de hacer con los recursos de esta, es
por ello que realizan diversos movimientos con este. Por ende cuando una
empresa entra en crisis económica se entiende que esta se debe a un mal manejo
de los capitales de la empresa, o sea una mala organización de la producción
genera, también, una crisis; dentro de esta lógica podemos entender que quien
debe asumir el riesgo económico (responsabilidad) generado por la crisis son
los empresarios y no los trabajadores; sin embargo esto no debe ser absoluto,
es por ello que la legislación permite que se pueda realizar una disminución de
los salarios de manera consensuada entre la empresa y los trabajadores o los
representantes de los trabajadores (sindicato), claro está que todo ello está
enmarcado en los estándares de la democracia, y creo y me atrevo a decir que esas prácticas empoderan a los
trabajadores para que así, de esa forma, se democratice los modos de producción
y las relaciones de trabajo. Sin duda esta sentencia, generado un debate muy
importante, si bien no resulta un precedente, nos presenta una posición que a
futuro puede ser asumida por los jueces y se convertiría en una tendencia judicial.
Es por ello que lo principal, en este momento, es combatir los argumentos
versado en dicha casación para que de esa forma podamos evitar resoluciones de
esta índole, espero con mucha fe que esto pueda cambiar.
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